El año pasado se firmó el Decreto 811 del 2021, que definió no solamente los protocolos y los mecanismos para la exportación de flor seca de cannabis, sino que también les dio alcance a los usos industriales del mismo.
Ahora, mediante resolución 227 del año 2022 se define y establece todos los mecanismos y procedimientos para el uso industrial del cannabis en sectores como alimentos, bebidas y también usos textiles.
«Estos usos tienen que ver con el componente no psicoactivo, es decir, Colombia también se sitúa hoy a la vanguardia de la reglamentación del uso del cannabis medicinal y, por supuesto, sus derivaciones de usos industriales», dijo el presidente Iván Duque.
Y añadió «Esto establece también, por supuesto, que se definirán cupos y tarifas, y las reglamentaciones de cupos y tarifas deben estar concluidas antes de un mes».
De esta manera los sectores de alimentos, textiles, bebidas, que sean alcohólicas y no alcohólicas, pueden hacer uso de los componentes no psicoactivos y, por lo tanto, también ofrecer para el mercado nacional y extranjero productos que están siendo demandados.
El presidente anunció créditos para pequeños y medianos productores través del Banco Agrario para la producción y desarrollo del manejo de divisas, monetización y comercialización desde Colombia.